Al Senador Jorge Arancibia

Senado de la República de Chile

E-mail: jarancibia@...

Estimado Senador Arancibia:

He leído con mucho interés sus declaraciones relativas al doble

estándar de la Justicia y el Gobierno de Chile (Gendarmería y

Gobierno Interior) respecto a los miembros de las FF.AA. que

cometieron crímenes de lesa humanidad y que tienen la calidad de reos

rematados. En efecto, es una vergüenza nacional que tales sujetos

disfruten en el Penal Cordillera de los privilegios reiteradamente

denunciados por Amnistía Internacional y otros organismos de DD.HH. --

privilegios que no tiene el resto de la población carcelaria chilena.

Como Ud. muy bien señala --aunque por otros motivos que no resisten

análisis--, el doble estándar es evidente. Por tanto, me permito

sugerirle muy respetuosamente a Ud. y demás parlamentarios a los

cuales incluyo copia de esta mensaje, la intervención de sus buenos

oficios para que los Tribunales y el Gobierno de Chile terminen de

una vez por todas con esta forma de injusticia que violenta la recta

conciencia nacional.

Desde luego, no pretendo sugerir que los criminales de marras sean

hacinados con el resto de la población carcelaria pues su integridad

física sería expuesta a graves riesgos, como la sodomía no voluntaria

y el asesisinato. Como bien sabemos, la población penal tiene sus

propias formas de "hacer justicia" internamente. Sin embargo, existen

opciones perfectamente viables, como la CAS, por ejemplo, con un

adecuado régimen horario de aislamiento y protección. Al respecto me

permito recordarle que el ex Senador Jorge Lavandero, ex colega suyo

en la Cámara Alta, cumple su condena en una Cárcel de Alta Seguridad.

Los criminales actualmente en el Penal Cordillera no tienen por qué

ser excepción. Si el ex Senador Lavandero, un político de envergadura

naciona que dejó al país un legado legislativo incuestionablel, puede

cumplir socráticamente con la ley de la polis, los criminales

actualmente en el Penal Cordillera, también pueden y deben hacerlo.

Por último, en su calidad de ex miembro de las FF.AA. de Chile, me

permito sugerirle la intervención de sus buenos oficios ante los

Altos Mandos de la Armada, Ejército y Carabineros para que todos los

criminales que pertenecieron a tales instituciones permanentes del

Estado de Chile, sean debidamente degradados según manda el

Código de Justicia Militar. Al respecto, le incluyo más abajo una

interesante Declaración Pública Internacional difundida por la

Organización de Militares Democráticos de Chile.

Saluda cordialmente al señor Senador,

Germán F. Westphal

RUN 4.645.308-5

******

¿Cuándo empezarán a ser degradados?

por Organización de Militares Democráticos de Chile

Jueves 02 de agosto de 2007, http://www.piensachile.com/

Organización de Militares Democráticos de Chile, “OMIDECHI”

Santiago de Chile, 2 de Agosto 2007

Declaración Pública Internacional

Habiendo transcurrido 17 años desde el advenimiento de la democracia

en Chile, estando procesados y sentenciados por violaciones

sistemáticas de los DDHH y torturas , cientos de militares, la

opinión pública se pregunta para qué existe y existió en el Código de

Justicia Militar , por ejemplo, los siguientes artículos..:

Art.178.-del Título III “ De las acciones civiles que nacen del

delito”: Las acciones civiles para obtener la mera restitución de

alguna cosa que hubiere sido objeto de un delito, se deducirán ante

el juez que conociere o hubiere conocido la causa en primera

instancia y se tramitará conforme a la reglas del Código de

Procedimiento Civil para los incidentes, en expediente o cuaderno

especial. Los recursos que en éste se deduzcan no entorpecerán la

marcha de la causa principal, ni viceversa.

Por tanto los militares son civilmente responsables de sus crímenes,

desde antes del golpe militar de septiembre de 1973.

Art.179.-La regla del artículo anterior se aplicará también cuando,

desaparecida o perdida la cosa, se reclamare su valor.

Art.-203.-TRIBUNALES DE HONOR.-Si algún oficial, de cualquiera

jerarquía que sea, cometiere un acto deshonroso para sí o para la

unidad, cuerpo o repartición en que sirva, podrá ser sometido a un

Tribunal de Honor para que juzgue si puede continuar en el servicio.

¿Alguna vez, sólo alguna vez se aplicó durante la dictadura a un

oficial o sólo a la tropa?. Este es un artículo clasista.

Art.-216.-...Son penas militares aplicables en conformidad al

presente Código: Muerte; Presidio militar perpetuo; Reclusión militar

perpetua; Presidio militar temporal; Reclusión militar temporal;

Arresto militar; Destitución; Expulsión; Separación del servicio;

Destino a una compañía disciplinaria; suspensión del empleo militar y

Pérdidas del derecho a premios .

Fuera del escalafón de complemento y la lista “cuatro” por ineptitud,

no hay otra sanción para los oficiales, incluso en crímenes, las

detenciones son meramente nominales. Sin embargo para los

suboficiales, está toda la gama disponible y cárceles comunes.

Art.-217.-Son penas militares accesorias: La Degradación,

Destitución, Separación del servicio, Suspensión del empleo militar…

Pero estas siempre se refieren y aplican SOLO a los suboficiales.

Históricamente NUNCA SE HA APLICADO A OFICIALES, salvo los

exonerados políticos. La degradación NUNCA se ha aplicado en Chile

por delitos militares.

Hoy hemos visto como fue “engrillado” el cobarde, fugado de la

justicia y criminal ex general de ejército ITURRIAGA NEUMANN ¿

Cuándo empezaran a ser degradados ?.

Algunos generales (R) del ejército y la mal entendida “familia

militar” seguramente es la protectora. Luis Danús, Hernán Nuñez

Manríquez, entre otros, parecen no entender que fueron los

Tribunales que condenaron a la dirección de la DINA y la CNI, por

reiterados crímenes de lesa humanidad, algunos políticos enfermos y

vendidos aun culpan al gobierno de la injusta situación que éstos

viven. En países más civilizados los habrían degradado públicamente y

en los otros, en que funciona la Shariat , ley musulmana del “diente

por diente”, simplemente los habrían fusilado y torturado, que es lo

que ellos hicieron, “ojo por ojo”.

Con ésta actitud desconocen, seguramente por prepotencia la potestad

de los Tribunales, la existencia del estado de derecho y el daño que

estos mismos criminales causaron al resto de los miembros de las FFAA

y Carabineros, sobre todo a la tropa, la gran mayoría gente honesta,

decente y trabajadora, que fue abandonada a su suerte por sus

supuestas autoridades que se enriquecieron ilegítimamente.

La actitud insolente, de estos generales, más que añorar tiempos de

poder absoluto, es apología a la sedición, incentivo a la formación

de bandas terroristas y, sólo representa a una ínfima cantidad de ex

“chupópteros uniformados y civiles” de la dictadura, en ningún caso a

los Militares Democráticos de Chile.

Teniendo en cuenta que TODAS las penas anteriores, SI SOLO SI, se LE

APLICARON A LOS EXONERADOS POLÍTICOS de las FFAA y de Orden, tanto a

oficiales como a suboficiales, todos sin derecho alguno a una

legítima defensa y con sumarios plagados de infamias y burdas

intrigas , cabe preguntarse..:

¿Cuándo empezarán a aplicársele estas penas a los criminales,

torturadores , asesinos, ladrones, violadores y corruptos que pululan

en altos cargos de nuestras FFAA y de orden todavía?

¿Cuándo empezarán a responder civilmente, previo embargo preventivo

de sus bienes? . ¿Cuándo se va a reformar la ley de previsión al

respecto?.

¿Cuándo se corregirán y compensarán civilmente los delitos y errores

cometidos por oficiales superiores y tribunales ilegítimamente

constituidos, en contra de ex funcionarios de la FFAA y de orden,

víctimas de sus derechos constitucionales y reglamentarios? .

¿Cuándo reformaremos el Código de Justicia Militar?. ¿ah?.

Hay cientos de preguntas al respecto, que por razones de espacio no

incluimos, en la seguridad de que son éstas las más sustanciales.

Agradecemos a Uds. publicar nuestras inquietudes, que seguro

representan al mundo democrático chileno.

Atentamente,

Mario A. De La Fuente Fernandez

Teniente (R) de Carabineros

Preso, torturado y exonerado político

P r e s i d e n t e

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